Estimados clientes Les informamos que a partir del 1° de diciembre 2024, según las disposiciones del Ministerio de Hacienda será obligatorio para aquellos clientes que comercialicen productos farmacéuticos, agregar además de los códigos CABYS, dos nuevos códigos. Estos son: 1. Registro de medicamento: será de carácter obligatorio, cuando el código CAByS del producto a vender tenga un registro sanitario. 2. Forma farmacéutica: Se convierte en carácter obligatorio cuando se utilice un código CAByS que corresponda a un medicamento que posea registro sanitario. En Regionalsoft ya estamos trabajando para incorporar los nuevos campos en nuestro sistema dimoi. Agradeceremos tomar las medidas del caso para buscar y tener la información requerida para los productos farmacéuticos de su interés: registro sanitario y forma farmacéutica. Próximamente avisaremos cuando los nuevos campos estén disponibles.
Marco de referencia Resolución General sobre las disposiciones técnicas de los comprobantes electrónicos para efectos tributarios, cambios de la nueva versión 4.4: “Hasta tanto se implemente la versión 4.4 de los Anexos y Estructuras; los obligados tributarios pertenecientes al sector farmacéutico deberán implementar y poner en funcionamiento en la versión 4.3 de los Anexos de las Estructuras, los campos denominados “Registro de Medicamento” y “Forma Farmacéutica” , a partir del 1° diciembre.